30/08/2026 |

“Malapportionment” en Argentina: la Provincia de Buenos Aires y el desigual peso del voto

Escribe : Dr. Alejo Ramos Padilla

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Para el juez federal electoral bonaerense, Alejo Ramos Padilla, la crisis de representación que vive la Argentina por numerosos factores no va a resolverse sola: necesita de consensos políticos.

Existe el mito según el cual, en una democracia, cada ciudadano equivale a un voto y cada voto tiene el mismo peso. Sin embargo, la arquitectura institucional de los sistemas electorales introduce correcciones y desequilibrios orientados a garantizar ciertos fines que han surgido de acuerdos político-institucionales o del cumplimiento de metas constitucionales.

Un ejemplo de ello es la necesidad de cumplir con el artículo 1° de la Constitución en lo atinente al federalismo.

En nuestro sistema de representación bicameral, el componente federal se expresa de manera nítida en el Senado, donde todas las provincias cuentan con la misma representación parlamentaria, con independencia de su población.

Esto significa que, aunque la distribución de las bancas entre los partidos depende de los votos obtenidos en cada distrito, la cantidad de senadores/as que corresponde a cada provincia no varía según el número de habitantes. Ello responde a la finalidad de evitar que, de la Antártida a La Quiaca, las políticas de Estado queden determinadas exclusivamente por el peso de la demografía.

La Cámara de Diputados/as responde, en cambio, a un principio diferente. El artículo 45 de la Constitución Nacional establece una representación vinculada a la población y dispone que su distribución debe reajustarse después de cada censo.

En términos constitucionales, el Senado representa a las provincias, y la Cámara de Diputados/as, al pueblo de la Nación. Sin embargo, esa representación poblacional no opera de manera estrictamente proporcional, sino que está condicionada por la distribución territorial de la población, las reglas utilizadas para asignar las bancas entre los distritos y la intermediación de los partidos políticos que tienen el monopolio de la presentación de candidaturas a cargos electivos.

De este modo, el peso de las preferencias ciudadanas en el Parlamento puede quedar levemente distorsionado producto de estas lógicas, generando fenómenos tales como el de la sobre y la subrepresentación.

Si nos centramos en la representación proporcional de la población, la última vez que se definió una actualización de la representación para la Cámara de Diputados/as fue con la sanción de la ley de facto 22.847 de convocatoria a elecciones.

Esta ley, sancionada por el dictador Bignone en un contexto de transición a la democracia, definió que se elegiría un diputado nacional por cada 161.000 habitantes o fracción no menor a 80.500, agregando por cada distrito tres diputados, no pudiendo en ningún caso ser menor a cinco ni inferior a la cantidad que tenía el distrito al 23 de marzo de 1976.

Este diseño, como se ha mencionado, presenta conflictos vinculados a la sobre y la subrepresentación de la población, algunos de ellos usuales en distintas latitudes, y que tienen que ver con mitigar el peso de los distritos demasiado grandes sobre los pequeños, lo que motiva un piso mínimo de representantes por distrito, aunque la cantidad de población no lo justifique. Otros se arrastran de definiciones político-institucionales coyunturales que han producido equilibrios y consensos difíciles de romper.

Según el Censo Nacional del año 2022, en la República Argentina viven 17.942.805 habitantes más de los que se registró en el censo de 1980. Tanto entonces como ahora, el principal distrito del país en cuanto densidad poblacional es la Provincia de Buenos Aires, que disminuyó muy levemente su participación del 38,8% a 38,1%.

A pesar de ello, la representación parlamentaria del distrito alcanza el 27,2% de la cámara (70 diputados/as de 257). Siguiendo el principio de representación por cantidad de población, la Provincia de Buenos Aires es el distrito con el nivel más significativo de subrepresentación.

Una situación similar es la de la provincia de Córdoba, que pasó del 8,6% al 8,3%, y su representación parlamentaria alcanza el 7% de la cámara. Otros distritos, sin embargo, han disminuido de manera sensible su participación en la población total.

Así, por ejemplo, la ahora Ciudad Autónoma de Buenos Aires pasó de aproximadamente 10,4% a 6,8% teniendo una representación parlamentaria del 9,72%, y la provincia de Santa Fe pasó del 8,8% al 7,2% teniendo un 7,3% de la Cámara.

Algunos distritos han aumentado su población, como la provincia de Corrientes que pasó del 2,3% al 2,6%, o la provincia de Tucumán que pasó del 3,4% al 3,7%. Estos ejemplos sirven para ilustrar sobre los posibles desequilibrios que la evolución demográfica, después de más de 40 años, puede tener sobre la representación.

Siguiendo los mismos ejemplos, hoy la Provincia de Buenos Aires aporta el 27% de los representantes, Córdoba el 7%, la Ciudad de Buenos Aires el 9,7%, Santa Fe el 7,3%, Corrientes el 2,7%, y Tucumán el 3,5%.

Si se mantuviera la proporción fijada en 1983 (161.000 habitantes por diputado o fracción no menor de 80.500), la Cámara de Diputados/as pasaría de tener 257 a 359 representantes. Si se aplicara además el piso histórico que impide que un distrito tenga menos representantes que los que poseía el 23 de marzo de 1976, el total ascendería a 362, debido a que la Ciudad de Buenos Aires conservaría sus 25 bancas en lugar de las 22 que le corresponderían por la fórmula demográfica.

La actualización, por lo tanto, no podría resolverse simplemente reproduciendo sobre la población actual el criterio utilizado hace más de cuatro décadas: implicaría una ampliación muy significativa de la Cámara.

Si además se respetara la cantidad de habitantes por diputados/as de acuerdo con la misma proporción, sería de 262.400 para una población de 45.892.285, y los escaños de la Cámara baja serían 251.

Si los escaños para cada distrito se definieran por este criterio y se mantuviera la representación mínima de cinco representantes por provincia, la mayoría de los distritos mantendría su peso, y los que sufrirían una disminución relevante serían Santa Fe, con dos legisladores menos, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con diez legisladores menos. Los consensos políticos que habría que lograr para una reforma que afectara estos distritos con una disminución tan importante de su representación, constituirían un enorme desafío.

Evidentemente, las distorsiones territoriales en la representación proporcional de la población constituyen un problema que el Congreso deberá abordar tarde o temprano.

Sin embargo, la crisis de representación no se agota en la distribución de las bancas. También interviene de manera decisiva la mediación de los partidos políticos, que seleccionan y presentan las candidaturas a los cargos electivos. A ello se suman mecanismos como el arrastre de lista, por el cual la fortaleza electoral de una candidatura puede favorecer a otras candidaturas del mismo espacio, aun cuando estas no cuenten con un nivel equivalente de apoyo.

En un contexto en el que las últimas elecciones muestran un crecimiento significativo del ausentismo y las encuestas registran una valoración negativa de buena parte de la dirigencia política y de las respuestas de las instituciones democráticas a los problemas cotidianos, el problema no parece ser solamente cuántos representantes corresponden a cada distrito, sino también hasta qué punto las y los ciudadanos se sienten efectivamente representados por quienes ocupan esas bancas dentro de dichas instituciones.

Una discusión orientada por los principios democráticos y constitucionales para actualizar la representación parlamentaria podría contribuir, en ese sentido, a mejorar también el vínculo entre representantes y representados. No obstante, ninguna modificación de la distribución territorial de las bancas resolverá por sí sola una crisis de representación atravesada por fenómenos más amplios, como el creciente distanciamiento entre la ciudadanía, la política y las instituciones.

 

 

Agencia NA

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