19/08/2026 |

La Justicia sancionó a dos empresas de desarrollo inmobiliario por cláusulas abusivas en sus contratos

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Las empresas EIDICO y Desarrollos Inmobiliarios del Pilar recibieron multas tras la denuncia de vecinos del Barrio San Ramón.

La Justicia sancionó a las empresas EIDICO y Desarrollos Inmobiliarios del Pilar por incluir cláusulas abusivas en sus contratos, tras el reclamo de un grupo de vecinos del Barrio San Ramón de Pilar del Este.

El fallo de la Sala 1 de la Cámara Contencioso Administrativo Federal dejó firme una sentencia de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial contra los desarrolladores urbanísticos, por incumplimiento a los artículos 4, 19 y 37 de la Ley N° 24.240.

La medida señala que Desarrollos Inmobiliarios del Pilar “no habría respetado los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias” como fueron ofrecidos en el Barrio San Ramón.

En ese sentido, mencionó que los contratos “contienen cláusulas que resultarían abusivas”. Apuntó que en uno de los puntos el desarrollador se adjudicó más facultades y no determinó cuáles serían “los actos necesarios para concretar el emprendimiento”. También que el contrato permite a la empresa extender el mandato de forma indeterminada, lo que advirtieron “constituye un total abuso”.

Los desarrolladores inmobiliarios sostuvieron que el vínculo con los afectados era un “contrato asociativo” de “colaboración entre partes interesadas en llevar adelante emprendimientos de interés recíproco”. Sin embargo, para la Justicia se trata de un “contrato de adhesión” sin posibilidad de negociación sobre sus cláusulas.

 

El reclamo se inició tras una denuncia de los vecinos del Barrio San Ramón de Pilar del Este ante Defensa del Consumidor en octubre de 2024. Entre los motivos, cuestionaron el “incumplimiento de diversas cláusulas contractuales” por parte de EIDICO y Desarrollos Inmobiliarios del Pilar. Si bien hubo instancias de conciliación, no se llegó a un acuerdo.

Si bien la Subsecretaría de Defensa del Consumidor le impuso a las empresas multas por el monto de 29 canastas básicas, la Cámara Contencioso Administrativo Federal decidió bajar el monto a 20 canastas básicas.

Agencia NA

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