La nueva reglamentación también obliga a los sindicatos a administrar por separado los fondos que reciban de los empleadores con fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales.
El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al establecer un criterio uniforme para el cálculo de los aportes sindicales previstos en los convenios colectivos. A partir de la entrada en vigencia del Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, las horas extras, el aguinaldo, los bonos y otros conceptos de pago no habitual dejarán de integrar la base sobre la que se calculan esos aportes.
La medida reglamenta aspectos de la Ley de Modernización Laboral y, según explicó el Poder Ejecutivo, busca eliminar las diferentes interpretaciones que existían hasta ahora sobre qué conceptos salariales debían computarse antes de homologar nuevos acuerdos colectivos.
De acuerdo con la norma, la base de cálculo estará integrada únicamente por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas que sean normales, habituales y de pago mensual, siempre que estén previstas en el convenio colectivo aplicable.
Hasta ahora, la ausencia de una definición precisa permitía que existieran distintos criterios al momento de calcular los aportes sindicales. Con esta reglamentación, el Ejecutivo fijó un parámetro único para los futuros convenios.
Los conceptos que quedan excluidos de la base de cálculo son:
- Horas extras.
- Premios y bonos.
- Participación en las ganancias.
- Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
- Plus vacacional.
- Sumas no remunerativas.
- Cualquier otro pago que no sea normal, habitual y mensual.
Según el Gobierno, el objetivo es evitar interpretaciones que amplíen la base de cálculo de los aportes y, en consecuencia, incrementen los costos laborales durante las negociaciones colectivas.
La reglamentación también incorpora nuevas exigencias para las organizaciones sindicales. A partir de ahora, las contribuciones que los empleadores realicen con destino a prestaciones sociales, asistenciales, previsionales o culturales deberán administrarse de manera independiente del resto del patrimonio del sindicato.
Para ello, los gremios deberán llevar una contabilidad diferenciada de esos recursos, con documentación específica que permita identificar el origen y el destino de los fondos.
En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo señaló que estas precisiones apuntan a “brindar certeza respecto del alcance de las disposiciones vigentes y asegurar su adecuada aplicación”, además de facilitar el control de legalidad previo a la homologación de los convenios colectivos.
La nueva reglamentación comenzó a regir este lunes 20 de julio, con su publicación en el Boletín Oficial, y constituye una nueva etapa en la puesta en marcha de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.
Con información en la agencia NA
































































