A una semana de su sanción en el Senado, el Poder Ejecutivo oficializó este viernes la Ley N° 27.802. La normativa introduce cambios estructurales en el mercado de trabajo argentino, incluyendo un nuevo esquema de indemnizaciones, la extensión del período de prueba y la creación de un sistema de regularización para el empleo no registrado. Los cambios entraron en vigencia esta madrugada tras su publicación en el Boletín Oficial.
El Gobierno Nacional cumplió con el último paso institucional para poner en marcha la ambiciosa reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. Tras una revisión técnica exhaustiva, la Ley de Modernización Laboral fue promulgada y reglamentada, marcando un hito en la agenda legislativa del 2026.
La reforma busca, según los considerandos oficiales, reducir la litigiosidad y fomentar la creación de empleo formal a través de una mayor flexibilidad y previsibilidad para las empresas. Entre los puntos más destacados se encuentran:
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Nuevo esquema de indemnizaciones: Se modifica la base de cálculo, tomando únicamente la remuneración mensual habitual y excluyendo conceptos como el aguinaldo o vacaciones. Además, se habilita la creación de fondos de cese laboral por convenio colectivo, similares al sistema que utiliza la construcción.
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Período de prueba extendido: El plazo general se amplía a 6 meses. En empresas de hasta cinco empleados, el período podrá extenderse hasta los 8 meses, permitiendo la finalización del vínculo sin indemnización durante ese lapso.
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Banco de horas y jornada: Mediante acuerdo escrito, empleadores y trabajadores podrán implementar un sistema de compensación de horas extras, permitiendo jornadas de hasta 12 horas diarias siempre que se respeten los descansos legales.
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Blanqueo laboral: Se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que condona multas y deudas previsionales a quienes regularicen trabajadores no registrados antes del 10 de diciembre de 2025.
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Modernización administrativa: La registración ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar el vínculo laboral. Además, se ratifica que los salarios deberán abonarse exclusivamente por vía bancaria, quedando excluidas las billeteras virtuales para este fin.
La ley también introduce facilidades para el pago de sentencias laborales. Las MiPyMEs podrán cancelar condenas firmes en hasta doce cuotas mensuales, mientras que las grandes empresas tendrán un plazo máximo de seis meses. Asimismo, se establece una actualización de los créditos laborales basada en el IPC más un 3% anual.
Con la entrada en vigencia de esta norma, el Gobierno espera una reactivación de las contrataciones en el sector privado, mientras que sectores sindicales ya han manifestado su preocupación por el impacto en la estabilidad de los trabajadores actuales.




































































