El Dr. Leandro Picardi abordó en esta nota radial, las formas e instrumentos de compeler u obligar al cumplimiento de la normativa.
El abogado Leandro Picardi detalló durante la mañana de hoy en el programa «Un Mate y Un Café», una serie de recomendaciones y herramientas con la que se disponen para hacer cumplir la obligación de alimentar a sus hijos.
Dentro del plano de la grave situación económica que se vive en el país, Picardi detalló: «Desgraciadamente, en una economía que cada vez es más informal, mucha gente o tiene trabajo en negro, o informal o directamente no está con todas la de la ley respecto a declarar todo lo que percibe. En esa jugada, mucha gente dibuja un poco los números, como para decir que no tiene dinero para abonar cuota alimentaria, lo cual tiene completamente perjudicado su propio hijo, pero más allá de eso, desgraciadamente es bastante habitual.»
Sobre el porcentual de cumplimiento en los litigios tramitados agregó: La gran mayoría cumple, eso es un punto a favor, pero hay algunos reticentes y para los cuales es necesario ajustar un poco los tornillos si se quiere y a partir de la pandemia para acá, más allá de las medidas típicas que dispone el propio código civil y comercial lo importante es que ahora, existen medidas también para compeler y que no tienen que ver solamente con aplicar de una multa o embargar lo que tenga, sino también tiene que ver con una cuestión de, incluso hasta de distracción.»
Y, en referencia a las medidas que se abordan para llevar adelante estas obligaciones expresó: «Últimamente nosotros también hemos pedido medidas respecto a que la persona, no la dejen ingresar a espectáculos públicos si tiene algún tipo de deuda alimentaria, Lo mismo respecto de la posibilidad de renovar el carnet de conducir, se libera un oficio al registro nacional de la propiedad automotor y a los registros nacionales y provinciales, advirtiendo que esta persona tiene una deuda alimentaria y hasta tanto no la cumpla, va a quedar sin posibilidad incluso de renovar su carnet. Incluso, un ejemplo, nosotros hacemos mucho lo que es accidentes de trabajo y yo mismo para cobrar lo que es percibir repartir parte de la aseguradora de Provincia Seguros tengo que presentar no estar incluido en esa lista y en ese listado de deudores morosos; porque sino en todo caso, no es que me van a denegar el correspondiente pago, sino que primero van a cancelar esa deuda judicialmente y después yo voy a recibir el resto.» detalló.
Siguiendo en detalle sobre los alcances de las medidas judiciales al respecto dijo: «Lo cierto es que si existe una sentencia acordada o dispuesta judicialmente, los fundamentales que se cumplan y ese cumplimiento si tiene que ser convenido mediante estos instrumentos, me parece un avance enorme en la justicia, más allá de que se puede plantear cuestiones de constitucionalidad, porque no está avalado legalmente, no hay una ley específica que lo refiera, pero, este, más que nada, en el ámbito nacional, pero se han tomado este criterios jurisprudenciales y de a poco se ha ido avanzando con disposiciones internas de los propios órganos pagadores. Fue un criterio jurisprudencial, después hubo una, una, una ley, después esa ley fue derogada y ahora está en estudio para, para que vuelva a funcionar. Lo que tiene, es que quedó con reglamentaciones previas y con reglamentaciones internas, pero yo creo que en el transcurso ya no sé desde este año, pero, pero a principios del próximo año ya se va a volver a, a aplicar y a tener valor legal. Más allá de que se han recibido ciertas cuestiones de constitucionalidad, y más allá que exista o no la ley, estas cuestiones de constitucionalidad también se pueden plantear porque se está de alguna manera afectando derecho de propiedad, y eso han recibido los tribunales, o bastantes cuestiones de estas, hasta ahora sin un resultado positivo, pero se puede plantear.»
Abordamos también otra arista de la cuestión que refiere a los cargos que recaen sobre los padres de quienes no cumplen con el pago de la cuotas alimentarias, y Picardi explicó: «El propio Código Civil y Comercial refiere que ante la ausencia de pago, o en su caso ante la insuficiencia de la cuota alimentaria que abona al alimentante, se puede, o se puede iniciar un proceso independiente o conjunto para con los abuelos, para con los abuelos paternos, donde se los va a obligar al pago una cota alimentaria que obviamente no va a ser de la cuantía que tendría que abonar el alimentante, porque una cosa es ser abuelo y otra cosa es ser padre, es muy distinto, más que nada, tiene una consideración que hay personas que perciben la mínima y más allá eso se está afectando sus derechos. Y más allá de eso, y para bien o para mal, hay abuelos jubilados con la mínima y que por inconductas de sus propios hijos se le ha afectado su sueldo.»
Al recaer una medida de embargo por incumplimiento de la cuota alimentaria sobre los ingresos de un jubilado con la mínima y el perjuicio que esto tiene para el abuelo el abogado fue pragmático y aclaró : Una cosa es un abuelo y otra cosa es el interés superior del niño. La ley y la constitución, con todo lo que son las convenciones internacionales que fueron incorporadas en la reforma constitucional del 94, hace prevalecer interés superior del niño por sobre cualquier cuestión. La comisión de derechos de niños hace referencia especialmente a eso, entonces es fundamental y más allá de que sea un jubilado, que el niño tenga para comer. Y más ahora, que la ayuda social desgraciadamente no alcanza a nadie. Muchas personas que cobraban incluso alguna pensión por discapacidad y que eso ayudaba al grupo familiar, se le han revertido, se las han cesado, y eso también influye muchísimo. Pero desgraciadamente, si ponemos en valor el derecho y el derecho internacional, lo cierto es que es fundamental. No puede plantear una justicia o injusticia cuando es la propia ley la que dispone ese ordenamiento.» subrayó
Para finalizar y retomando la crisis social y económica que envuelve a la sociedad argentina, Leandro destacó:
«Mucha gente, como ya te digo, que ha quedado sin trabajo, mucha gente que tiene economías de subsistencia directamente y mucha gente que pese a que pague mínimo, de una cuota alimentaria en favor de sus nietos, de sus hijos y demás, no les alcanza. Y con ayuda social respecto de los movimientos y de la cuestión relativa a los comedores y más que de alguna manera ha disminuido, eso también impacta muchísimo. Pero ahí es fundamental que las cuestiones políticas, también prevalezcan por si los intereses de uno u otro partido.
Lo fundamental es no quedarse, porque mucha gente se resigna a decir papá no me pago la cuota alimentaria, o el que dice mi abuelo me pago la alimentaria lo fundamental es no quedarse, hay herramientas que se pueden utilizar para que la criatura por lo menos, tenga una economía de subsistencias.»